Elegir entre autónomo y sociedad limitada es una decisión con impacto directo en tu factura fiscal. No hay una respuesta única. Cada figura tributa por impuestos distintos, cotiza en regímenes distintos y trata los gastos de forma distinta. Este artículo compara las dos opciones lado a lado, con las cifras del ejercicio 2026. Al final incluye dos ejemplos numéricos para que veas dónde está el punto de inflexión.
Si buscas orientación sobre cuándo es el momento de dar el salto, tenemos otro artículo sobre cuándo pasar de autónomo a sociedad. Aquí nos centramos en el cómo tributa cada figura.
Punto de partida: dos impuestos distintos, dos regímenes distintos
La diferencia fiscal empieza en el impuesto que grava el beneficio.
El autónomo tributa por el IRPF. Su beneficio se integra en la renta personal y sigue una escala progresiva que combina un tramo estatal y otro autonómico. A mayor beneficio, mayor tipo marginal.
La SL tributa por el Impuesto sobre Sociedades. El beneficio de la empresa se grava con un tipo proporcional (no progresivo), que varía según el tamaño de la sociedad y su antigüedad. Ese es solo el primer impuesto: si el socio quiere cobrar de la empresa, activa un segundo hilo fiscal (nómina, dividendos o mezcla).
A eso hay que sumarle la cotización a la Seguridad Social, que en 2026 tiene reglas distintas para el autónomo persona física y para el autónomo societario. Y termina de complicarse con las deducciones aplicables en cada caso.
Cómo tributa el autónomo persona física
El autónomo persona física paga tres piezas cada año.
IRPF: escala progresiva estatal y autonómica
El rendimiento neto de la actividad económica (ingresos menos gastos deducibles) se suma al resto de rentas personales y tributa en el IRPF. La escala combina el tramo estatal del artículo 63.1 de la Ley del IRPF con la escala autonómica de la comunidad de residencia.
La escala estatal 2026 va del 9,5 % (hasta 12.450 €) al 24,5 % (a partir de 300.000 €). A eso se suma la escala autonómica, distinta en cada CCAA. El marginal combinado más alto va del 45 % en Madrid al 54 % en Comunidad Valenciana en la parte alta de la tarifa.
Para un rendimiento neto de 30.000 €, el tipo efectivo del IRPF ronda el 20 %. Para 60.000 €, se sitúa en torno al 28-30 %. Cifras aproximadas de referencia; el importe real depende de la CCAA y de las circunstancias personales del contribuyente.
Cuota de la Seguridad Social en el RETA 2026
El autónomo persona física cotiza en el RETA por tramos de rendimientos netos, con el sistema de cotización por ingresos reales vigente desde 2023. La Orden PJC/297/2026 mantiene los tramos y cuotas del año anterior.
La cuota mensual va desde unos 200 € en el tramo más bajo hasta más de 590 € en el más alto. Un autónomo con rendimientos netos de 1.700 €/mes (unos 20.000 €/año) paga en 2026 alrededor de 302 € al mes de cuota.
Los nuevos autónomos pueden acogerse a la tarifa plana estatal de 80 € (88,64 € con el MEI del 0,9 %) durante los primeros doce meses. En doce comunidades autónomas esa cuota se reembolsa después mediante la cuota cero autonómica.
Gastos deducibles y el 7 % de difícil justificación
El autónomo persona física puede deducirse los gastos vinculados a su actividad: alquileres, suministros, material, transporte, cuota de la Seguridad Social, servicios profesionales, formación, etcétera. Sobre el rendimiento neto se aplica además una reducción del 7 % por gastos de difícil justificación, con un tope anual.
Esa reducción del 7 % es una ventaja específica del autónomo persona física. Un autónomo societario solo puede aplicarse el 3 %.
IVA y pagos fraccionados
El IVA se autoliquida trimestralmente en el modelo 303. Los pagos fraccionados del IRPF se ingresan también cada trimestre. Se usa el modelo 130 en estimación directa o el 131 en módulos. Al año siguiente, todo se regulariza en la declaración de la renta.
Cómo tributa la SL
En la SL hay que separar dos planos: cómo tributa la empresa y cómo tributa el socio.
Impuesto sobre Sociedades 2026: tipos aplicables
El Impuesto sobre Sociedades grava el beneficio de la sociedad con un tipo fijo que depende del tamaño y de la antigüedad. Estos son los tipos vigentes en 2026:
- Tipo general: 25 %. Se aplica a las sociedades que no encajan en ningún régimen especial.
- Empresas de reducida dimensión (facturación < 10 M€): 23 %. Continúa la senda decreciente hasta el 20 % en 2029.
- Microempresas (facturación < 1 M€): 19 % / 21 %. Los primeros 50.000 € de base imponible tributan al 19 %, el resto al 21 %.
- Entidades de nueva creación: 15 %. Durante el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente (dos ejercicios en total).
- Empresas emergentes certificadas: 15 %. Durante un máximo de cuatro ejercicios, según la Ley 28/2022 de startups.
Referencia legal: artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y sus disposiciones transitorias.
Cuota del autónomo societario en 2026: la novedad importante
El socio que ejerce funciones de dirección o gerencia debe darse de alta en el RETA como autónomo societario si posee al menos el 25 % del capital, o el 33 % sin ser administrador. Es la figura del artículo 305.2.b de la LGSS.
Aquí llega la novedad relevante de 2026. La Orden PJC/297/2026 eleva la base mínima de cotización aplicable al autónomo societario hasta 1.424,40 €/mes (la base mínima del grupo 7 del Régimen General). Esto significa que la cuota mensual mínima sube desde los 310 € de 2025 hasta unos 448 € en 2026, aplicando el tipo conjunto del RETA del 31,50 %.
Durante el año se puede mantener una base provisional de 1.000 €, pero en la regularización anual la Tesorería aplica como mínimo la base de 1.424,40 €. Ese es un coste fijo estructural que hay que sumar al IS al valorar la opción SL.
Cómo cobra el socio de la empresa
Un socio puede cobrar de la SL por tres vías. Puede hacerlo por nómina como trabajador o administrador, por factura como autónomo profesional que presta servicios a la sociedad, o por reparto de dividendos con cargo a beneficios.
Cada vía tiene su fiscalidad. La nómina y la factura tributan como rendimientos del trabajo o de actividades económicas en el IRPF del socio. Los dividendos tributan en la base del ahorro con una escala propia. Va del 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % por encima.
Esto crea el fenómeno de la doble imposición económica: los beneficios pagan primero el IS y, al repartirse como dividendo, tributan otra vez en el IRPF del socio. La suma de los dos impuestos es lo que hay que comparar con el IRPF del autónomo.
Deducción del 3 % en el autónomo societario
El autónomo societario aplica un 3 % de gastos de difícil justificación sobre sus rendimientos netos, frente al 7 % de la persona física. La lógica es que la sociedad ya deduce muchos gastos operativos en el IS, así que la ley reduce el porcentaje adicional a nivel personal del socio.
Comparativa lado a lado
Los puntos clave de una figura y otra, resumidos para no perderse:
| Concepto | Autónomo persona física | SL |
|---|---|---|
| Impuesto sobre el beneficio | IRPF (escala progresiva 9,5 % – 47 %+ combinada) | IS (fijo: 25 % general, 23 % ERD, 15 % nueva creación) |
| Seguridad Social mínima | ~200 €/mes (tramo 1) | ~448 €/mes (base mínima societario 2026) |
| Tarifa plana 88,64 € | Sí | Sí, cumpliendo requisitos |
| Gastos difícil justificación | 7 % del rendimiento neto | 3 % del rendimiento neto societario |
| Responsabilidad patrimonial | Ilimitada (todo el patrimonio personal) | Limitada al capital aportado |
| Capital inicial | 0 € | Desde 1 € (Ley 18/2022) |
| Coste de constitución | Alta gratuita en RETA + Hacienda | Notario, registro, gestoría (~200 a 600 € vía CIRCE) |
| Contabilidad | Libros registro (más ligera) | Contabilidad mercantil + cuentas anuales |
| Imagen frente a terceros | Más informal | Más corporativa y creíble para grandes clientes |
Ejemplo numérico: dos escenarios de beneficio
La teoría se ve mejor con números. Comparamos dos escenarios asumiendo que el beneficio de la actividad se destina íntegramente a retribuir al empresario, sin dividendos y sin optimizaciones agresivas.
Escenario A: beneficio de 30.000 € anuales
Como autónomo persona física:
- Rendimiento neto: 30.000 €
- Reducción 7 % gastos difícil justificación: -2.000 € (aplicando el tope)
- Base imponible IRPF aproximada: 28.000 €
- Cuota IRPF (tipo efectivo ~20 %): unos 5.600 €
- Cuota anual RETA (tramo intermedio): unos 3.600 €
- Total: unos 9.200 €. Renta disponible neta: unos 20.800 €.
Como SL (con socio único que cobra por nómina el beneficio menos IS):
- Beneficio de la sociedad: 30.000 €
- Cuota IS al 15 % (nueva creación): 4.500 €
- Cuota anual autónomo societario: unos 5.400 €
- IRPF sobre el resto retribuido: variable según CCAA, tipo efectivo similar al autónomo
- Total: sale más caro que autónomo por el sobrecoste de la cuota societaria.
A este nivel de beneficio, y sin factores no fiscales que empujen la balanza, la figura de autónomo es más eficiente en pura factura anual.
Escenario B: beneficio de 80.000 € anuales
Como autónomo persona física:
- Rendimiento neto: 80.000 €
- Reducción 7 %: -2.000 € (tope)
- Base imponible IRPF: 78.000 €
- Cuota IRPF con tipo efectivo ~32 %: unos 25.000 €
- Cuota anual RETA (tramo alto): unos 6.500 €
- Total: unos 31.500 €. Renta disponible neta: unos 48.500 €.
Como SL (nueva creación, tipo IS 15 % los dos primeros años):
- Beneficio antes de retribuir al socio: 80.000 €
- Cuota IS al 15 %: 12.000 €
- Cuota anual autónomo societario: unos 5.400 €
- Beneficio disponible tras IS y cuota: unos 62.600 €
- Si se reparte como dividendo, IRPF del ahorro: 19 % primeros 6.000 € + 21 % de 6.000 a 50.000 € + 23 % de 50.000 a 62.600 € ≈ 12.700 €
- Total impuestos y cuota: unos 30.100 €. Renta disponible neta: unos 49.900 €.
A 80.000 € de beneficio, la SL empieza a ser competitiva incluso repartiendo todo como dividendo. Si el tipo IS aplicable es del 23 % (ERD, sin ser nueva creación) o del 25 % (tipo general), la SL pierde ventaja. La combinación de nueva creación (15 %) + una parte cobrada como nómina y otra como dividendo suele ser la que optimiza la carga.
Cifras orientativas, no vinculantes
Los números anteriores son estimaciones para ilustrar el efecto de cada figura. Los importes reales dependen de muchas variables. Cuentan la comunidad autónoma, el reparto entre nómina y dividendo, las deducciones aplicables y el tipo IS al que tribute la sociedad. También pesan los tramos de cotización elegidos y la situación personal del contribuyente. Un análisis correcto exige revisar tu caso concreto con detalle.
Cuándo compensa cada figura fiscalmente
Con las cifras 2026 en la mano, el reparto de escenarios queda así.
Beneficio bajo (menos de 40.000 €): suele ganar el autónomo
El sobrecoste estructural de la SL (cuota societaria de ~5.400 € al año, IS mínimo, costes de constitución y contabilidad mercantil) rara vez se compensa con un beneficio bajo. En este rango, la figura de autónomo persona física es más eficiente.
Beneficio medio (40.000 a 60.000 €): zona de análisis
Aquí el resultado depende de varios factores a la vez. Cuentan la CCAA de residencia y el tipo IS aplicable a la sociedad (15 % si es nueva creación, 23 % si es ERD, 25 % si es tipo general). Cuenta también el reparto entre nómina y dividendo, y el uso de la reserva de capitalización. Es la zona en la que un análisis personalizado marca la diferencia.
Beneficio alto (más de 60.000 €): la SL suele compensar
Con beneficios altos, el tipo marginal del IRPF supera con claridad al tipo del IS. La SL bien planificada suele resultar más eficiente, sobre todo si se combina el tipo reducido del 15 % de nueva creación con un reparto inteligente entre nómina y dividendo.
Factores que no son fiscales pero pesan
La decisión no es solo fiscal. Estos tres puntos suelen inclinar la balanza incluso cuando los números están igualados:
- Responsabilidad patrimonial. La SL protege el patrimonio personal del socio (con matices: la responsabilidad solidaria del art. 4 de la Ley 18/2022 durante el periodo de capital < 3.000 € o las derivaciones por deudas tributarias).
- Perfil de cliente. Grandes empresas, licitaciones públicas y proveedores internacionales suelen preferir trabajar con SL.
- Planificación de crecimiento. Entrada de socios, financiación bancaria, herencia y venta futura del negocio son más limpias con SL.
Errores fiscales frecuentes al elegir
Estos son los fallos más comunes que llevan a decisiones peores de lo que parecen:
- Comparar solo el tipo nominal (25 % vs 47 %). Ese cálculo olvida que el IRPF es progresivo, que las cotizaciones sociales pesan mucho y que en la SL hay doble hilo fiscal (IS + IRPF del socio).
- Ignorar el sobrecoste del autónomo societario en 2026. Los 5.400 € anuales de cuota mínima societaria son un coste fijo que no aparece en las simulaciones ligeras.
- Asumir que la reserva del 20 % con capital < 3.000 € es papel mojado. Es una obligación legal desde la Ley 18/2022 y se controla al aprobar cuentas anuales.
- Constituir una SL sin planificar la retribución del socio. Si no se calcula bien nómina + dividendo, la doble imposición come todo el ahorro esperado.
- Pasar a SL antes de tiempo. Con beneficios inferiores a 40.000 €, salvo justificación distinta a la fiscal, suele ser un cambio prematuro.
- Cambiar de figura sin analizar el año en curso. El momento del cambio afecta a IRPF, IVA y regularización de la cuota. Elegir mal el mes puede costar cientos de euros.
Un asesor especializado en fiscalidad de empresa puede modelar tu escenario concreto antes de tomar la decisión.
Preguntas frecuentes sobre la comparativa fiscal
¿A partir de qué beneficio compensa fiscalmente una SL frente al autónomo?
Como regla orientativa, la SL empieza a compensar a partir de los 40.000-60.000 € de beneficio neto anual, si se aprovecha el tipo reducido del 15 % de nueva creación durante los dos primeros años. Con beneficios inferiores, el autónomo persona física suele ser más eficiente por el sobrecoste estructural de la SL.
¿Puedo aplicar la tarifa plana estatal si soy autónomo societario?
Sí. El autónomo societario tiene derecho a la tarifa plana de 80 € (88,64 € con MEI) durante doce meses. Los requisitos son los generales: no haber estado de alta en el RETA los dos años anteriores y darse de alta por primera vez o tras la desvinculación mínima.
¿Cuánto paga en 2026 un autónomo societario que cotiza por la base mínima?
La base mínima aplicable en 2026 sube a 1.424,40 €/mes (base mínima del grupo 7 del Régimen General). Aplicando el tipo conjunto del RETA del 31,50 %, la cuota mensual resultante ronda los 448 €. Es unos 135 € más al mes que en 2025.
¿Cómo se evita la doble imposición en la SL?
La doble imposición sobre el dividendo es difícil de evitar por completo, pero se atenúa con planificación. Las palancas habituales son: retribuir al socio como nómina en lugar de dividendo, aplicar la reserva de capitalización de la sociedad y ajustar la política de reparto al perfil fiscal del socio.
¿Qué tipo de IS pago si mi SL es de nueva creación pero ya facturo mucho?
El tipo del 15 % de nueva creación se aplica en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente, con independencia del volumen de facturación. La ventaja se pierde si la sociedad forma parte de un grupo mercantil o si continúa una actividad previa desarrollada por personas o entidades vinculadas.
¿Puedo cambiar de autónomo a SL a mitad de año?
Sí. El cambio es posible en cualquier momento. Implica alta de la nueva sociedad y baja o continuación como autónomo societario. También toca regularizar IVA e IRPF hasta la fecha del cambio y ajustar retenciones. Conviene planificar el mes concreto para no complicarse la declaración de la renta ni la del IS del ejercicio.
Elige con datos, no con intuición
La decisión entre autónomo y SL no se resuelve con el porcentaje nominal del IS ni con el marginal del IRPF. Depende del beneficio esperado, de tu CCAA, de cómo pienses cobrar del negocio, del perfil de clientes y de tu horizonte de crecimiento. Y en 2026, con el sobrecoste extra del autónomo societario, la ecuación cambia respecto a años anteriores.
Si tienes claro que hay algo que ajustar en tu caso pero no sabes por dónde tirar, revísalo con quien trabaja estas comparativas a diario. En G&V Asesoría Jurídica Digital modelamos tu escenario concreto, contrastamos las dos figuras con tus números reales y te acompañamos si decides constituir una SL o mantener el autónomo. Pide tu reunión online sin compromiso y lo analizamos contigo.
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Aviso informativo. El contenido de este artículo es información general y no sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Las cifras, tramos y tipos se refieren al ejercicio 2026 según la normativa vigente en la fecha de redacción. Los ejemplos numéricos son estimaciones orientativas. Antes de decidir la figura jurídica de tu actividad o cambiar de régimen, consulta tu caso con un profesional.